Residencia temporal y trabajo de duración determinada
Este tipo de autorización de residencia te permite residir y trabajar en España por un periodo de tiempo inferior al año, pudiendo ser:
- Contratos de temporada o campaña
- Obra o servicio
- Personal de alta dirección, deportistas o artistas de espectáculos públicos
- Formación y prácticas profesionales.
Los requisitos son idénticos para todas las modalidades. La única diferencia que se podría apreciar es que en los dos primeros (contratos de temporada y de obra) la duración de la actividad puede tener un límite máximo de 9 meses, dentro de un período de 12 meses. Mientras que las dos ultimas restantes (personal de alta dirección y practicas profesionales), su duración tiene un limite máximo de 12 meses.
- No ser ciudadano de un Estado de la UE o del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o en los últimos países que haya estado en los últimos cinco años.
- No tener prohibida la entrada en España.
- Que la situación nacional de empleo permita la contratación.
- Que el empleador/empresario presente un contrato o varios firmados.
- Que el empleador cuente con los medios económicos, materiales y personales suficientes.
- Que la empresa este inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social y este al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Que el empresario organice los viajes de llegada a España y de regreso a su país.
- Documentación acreditativa de disponer de un alojamiento adecuado para el trabajador.
- Que el trabajador se comprometa a retornar al país.